Notariado

El notario es, en términos generales, un funcionario cuya intervención otorga carácter público a los documentos privados, autorizándolos a tal fin con su firma. Es un jurista que garantiza la legalidad de los documentos que interviene, y cuyos actos se hallan investidos de la presunción de verdad, propia de los funcionarios públicos, estando habilitado por las leyes y reglamentos para conferir fe pública de los contratos y actos extrajudiciales, originados en el marco del derecho privado, de naturaleza civil y mercantil, así como para informar y asesorar a los ciudadanos en materia de actas públicas sobre hechos, y especialmente de cuestiones testamentarias y de derecho hereditario.
Una Notaría en Vigo, España.

Ejercen asimismo una labor de custodia de documentos en los llamados protocolos de la notaría. El Notario está obligado, por ley y por ética profesional, a mantener la neutralidad en sus actos, lo cual lo distingue de los abogados postulantes, quienes deben tomar parte y estar del lado de sus clientes o representados

Todas las Escrituraciones deben de realizarse en el registro en cuya inscripción estén localizados los inmuebles que se encuentran presentes en la anotación. Una de las facilidades que presenta este proceso es la de financiación y transmisión de la propiedad.

Esta inscripción debe de estar basadas en una serie de papeleos legales de los cuales el notario debe de dar plena notificación. El organismo tiene la potestad de vincularse en todo los actos jurídicos pertinentes a la propiedad, esto sucede una vez que la misma forme parte legal de ella. Esta anotación puede realizarse de manera voluntaria o también forzosa. Esta ultima se lleva a cabo cuando deseamos hipotecar una vivienda, los bancos exigen que este registrada en la organización como un medio de realiza negociaciones seguras. El llamado libro diario aparece en el momento exacto de registrar una propiedad. El libro contiene la fecha exacta del registro y la persona que hizo los trámites , considerándose esta ultima como la primera que debe de hacer valer sus derechos y privilegios sobre el inmueble.

El Derecho Mercantil (o derecho comercial) es el conjunto de normas relativas a los comerciantes en el ejercicio de su profesión, a los actos de comercio legalmente calificados como tales y a las relaciones jurídicas derivadas de la realización de estos; en términos amplios, es la rama del derecho que regula el ejercicio del comercio. Uno de sus fundamentos es el comercio libre.

En la mayoría de las legislaciones, una relación se considera comercial, y por tanto sujeta al Derecho mercantil, si es un acto de comercio. El derecho mercantil actual se refiere a estos actos, de los que lo son intrínsecamente, aunque en muchos casos el sujeto que los realiza no tenga la calidad de comerciante (sistema objetivo); sin perjuicio de ello, existen ordenamientos jurídicos en que el sistema es subjetivo, con base en la empresa, regulando tanto su estatuto jurídico, como el ejercicio de la actividad económica, en sus relaciones contractuales que mantienen los empresarios entre ellos y con terceros.

La Propiedad Intelectual es un derecho patrimonial de carácter exclusivo que otorga el Estado por un tiempo determinado para usar o explotar en forma industrial y comercial las invenciones o innovaciones, tales como un producto técnicamente nuevo, una mejora a una máquina o aparato, un diseño original para hacer más útil o atractivo un producto o un proceso de fabricación novedoso; también tiene que ver con la capacidad creativa de la mente: las invenciones, las obras literarias y artísticas, los símbolos, los nombres, las imágenes y privilegios.

En los términos de la Declaración Mundial sobre la Propiedad Intelectual (votada por la Comisión Asesora de las políticas de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), el 26 de junio del año 2000, es entendida similarmente como “cualquier propiedad que, de común acuerdo, se considere de naturaleza intelectual y merecedora de protección, incluidas las invenciones científicas y tecnológicas, las producciones literarias o artísticas, las marcas y los identificadores, los dibujos y modelos industriales y las indicaciones geográficas”.

El Día Mundial de la Propiedad Intelectual se celebra el 26 de abril.

Miler Estuardo Estrada Hernández

Abogado y Notario. Egresada de la Universidad San Carlos de Guatemala. Colegiado 8451. Magíster en Sociedad Democrática, Estado y Derecho: Innovación Jurídica y Justicia Social para el Estado de Derecho y Doctorado en Derecho, por la Universidad Rafael Landívar y Universidad del País Vasco. Abogado litigante; consutlor y asesor en las ramas fiscales, penales, financieras y mercantiles. Laboró en la Superintendencia de Administración Tributaria, Superintendencia de Bancos.

Michelle Melisa Martínez Kelly

Abogada y Notaria. Egresada de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Colegiada 10166. Magister en Derecho Ambiental y Pensum Cerrado de Doctorado en Derecho. Ha laborado en el Ministerio Público en el área ambiental, Procuraduría General de la Nación en el área Penal de la Niñez y Extinción de Dominio y en la Administración Pública en área Ambiental y Protección Social.

mmartinez@aftbi.com

Vanessa Haydée Porras Contreras

Abogada y Notaria. Egresada de la Universidad Rafael Landívar. Colegiada 12204. Magíster en Derecho Constitucional por la Universidad Rafael Landívar. Abogada litigante, asesora de empresas bancarias, hoteleras, mercantiles y fundaciones a nivel nacional e internacional. Maneja el idioma inglés y francés.

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Guillermo Antonio Porras Ovalle

Abogado y Notario. Egresado de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Colegiado 2448. Abogado litigante, se ha desempeñado en cargos públicos como Gerente General de Telecomunicaciones de Guatemala, Magistrado Suplente de la Corte Suprema de Justicia y Procurador General de la Nación. Ha apoyado en diferentes universidades como catedrático. A lo largo de su carrera, ha ejercido el mandato de más de cien empresas nacionales como internacionales.

gporras@aftbi.com